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En aplicación de los programas de calidad previstos en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, los ciudadanos podrán presentar telemáticamente sus quejas y sugerencias dirigidas a los servicios centrales del INAEM, o cualquiera de sus unidades. Para ello, será necesario disponer de firma electrónica.
Las quejas y sugerencias podrán ser también presentadas en los servicios centrales del INAEM (Plaza del Rey, 1. 28004, Madrid) y en cualquiera de sus unidades, personalmente, o por correo. Para su tramitación será imprescindible que las mismas se formalicen en el formulario normalizado que puede descargarse desde esta misma página.
La presentación de una queja o sugerencia dará lugar a la obligación de contestar al ciudadano informándole de las actuaciones realizadas o previstas dentro de un plazo de 20 días hábiles, ampliable por otros 10, en caso de que fuera necesario solicitar aclaraciones. Si, transcurrido ese plazo el ciudadano no ha recibido contestación, podrá dirigirse a la Inspección General de Servicios del Ministerio de Cultura (Alfonso XII, 3 y 5. 28014, Madrid; igs.cultura@mcu.es).
Las quejas o sugerencias no tienen carácter de recurso administrativo, ni su presentación interrumpe los plazos para recurrir establecidos en la normativa vigente, de forma que no determinarán, en modo alguno, la renuncia al ejercicio de cualesquiera otros derechos y acciones por parte de los ciudadanos.
Descargar formulario de quejas y sugerencias (presentación telemática)
Descargar impreso de quejas y sugerencias (presentación personal o correo postal)
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